Normativa operativa
Un estándar común para toda la alianza.
La participación en LAM implica operar con respeto, realismo y responsabilidad, conservando la identidad y los procedimientos de cada aerolínea virtual aliada.
General
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1.1
Líneas Aéreas Mexicanas, en adelante “LAM”, es una comunidad sin fines de lucro integrada por aerolíneas virtuales y pilotos dentro de la red IVAO.
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1.2
Todos los miembros deberán respetar en todo momento las normas oficiales, políticas y procedimientos publicados por IVAO.
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1.3
El objetivo de LAM es fortalecer la aviación virtual mexicana mediante operaciones realistas, organizadas y profesionales de pasajeros, carga y logística simulada.
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1.4
LAM no presta servicios reales de aviación, transporte de pasajeros, carga, paquetería o logística.
Requisitos de membresía
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2.1
Mantener una cuenta activa y en regla dentro de IVAO.
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2.2
Contar con conocimientos básicos de vuelo IFR y capacidad para operar de manera segura en la red.
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2.3
Utilizar un simulador y un cliente de conexión compatibles con IVAO.
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2.4
Mantener una actitud respetuosa hacia pilotos, controladores ATC, staff y demás integrantes de la comunidad.
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2.5
Cumplir los requisitos adicionales establecidos por la aerolínea virtual aliada con la que se opere.
Conducta
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3.1
Está prohibido utilizar lenguaje ofensivo, acosar, discriminar o mantener comportamientos tóxicos dentro de los canales y operaciones de la comunidad.
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3.2
Durante una operación en red deberán atenderse las instrucciones del controlador ATC, siempre que sean congruentes con las normas y capacidades operativas del piloto.
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3.3
Se espera profesionalismo durante vuelos, eventos, comunicaciones y actividades representadas bajo el nombre de LAM o de una VA aliada.
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3.4
El incumplimiento podrá generar advertencias, restricciones, suspensión o separación de la comunidad.
Operaciones de vuelo
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4.1
Los vuelos registrados como operaciones de LAM deberán realizarse conectados a la red IVAO, salvo que una actividad publicada indique expresamente otra modalidad.
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4.2
Cada piloto deberá utilizar el callsign autorizado por la aerolínea virtual aliada correspondiente. Actualmente se reconocen los prefijos WOS, TEJ, FDX y VIV.
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4.3
Todo vuelo LAM deberá incluir el identificador LAMMX dentro de los remarks del plan de vuelo presentado en IVAO.
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4.4
Antes de iniciar la operación deberá presentarse un plan de vuelo correcto y congruente con la ruta, aeronave, altitud y reglas de vuelo.
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4.5
La aeronave utilizada deberá estar permitida o recomendada por la VA correspondiente y ser adecuada para el tipo de operación.
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4.6
Se deberá procurar realismo en rutas, combustible, pesos, altitudes, procedimientos y desempeño de la aeronave.
Actividad
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5.1
Los requisitos mínimos de actividad serán definidos y comunicados por LAM o por cada aerolínea virtual aliada.
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5.2
La inactividad prolongada podrá modificar el estado del piloto o limitar temporalmente su acceso a reconocimientos y actividades internas.
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5.3
Los pilotos podrán solicitar una ausencia justificada mediante el canal establecido por la organización.
Sistema de rangos
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6.1
La progresión podrá considerar horas de vuelo, participación, experiencia, formación y cumplimiento operativo.
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6.2
Los rangos, insignias y reconocimientos oficiales serán publicados por LAM cuando el sistema correspondiente sea habilitado.
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6.3
El acceso a determinadas aeronaves, rutas o actividades podrá depender del rango y de los requisitos de cada VA.
Eventos y operaciones especiales
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7.1
LAM y sus aerolíneas virtuales aliadas podrán organizar eventos, tours, puentes aéreos y operaciones especiales.
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7.2
La participación es recomendada para fortalecer la actividad y colaboración entre las VAs.
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7.3
Durante eventos se exigirá mayor disciplina respecto de horarios, slots, rutas, comunicaciones y procedimientos publicados.
Reporte de vuelos
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8.1
Cuando el sistema de registro esté habilitado, los vuelos deberán reportarse mediante el mecanismo oficial indicado por LAM o la VA correspondiente.
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8.2
Los PIREPs o registros falsos, duplicados, manipulados o deliberadamente incorrectos serán rechazados y podrán ser sancionados.
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8.3
Los reportes deberán reflejar información coherente con la operación realizada, incluyendo callsign, ruta, aeronave, tiempos y datos solicitados.
Uso de software
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9.1
Para conectarse a IVAO deberán utilizarse clientes autorizados y correctamente configurados, incluyendo Altitude cuando corresponda.
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9.2
Se recomienda utilizar cartas aeronáuticas, herramientas de planificación como SimBrief y documentación adecuada para la aeronave operada.
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9.3
Está prohibido utilizar software o métodos destinados a falsificar, alterar o automatizar de manera fraudulenta los registros de vuelo.
Sanciones
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10.1
Las faltas menores podrán generar una advertencia y orientación para corregir la conducta.
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10.2
Las faltas reiteradas o de mayor impacto podrán producir una suspensión temporal de actividades o beneficios.
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10.3
Las faltas graves, el fraude, el acoso o la afectación deliberada a la comunidad podrán resultar en separación permanente.
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10.4
La medida aplicada considerará la gravedad, recurrencia, evidencia disponible y contexto del caso.
Disposiciones finales
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11.1
Estas reglas podrán actualizarse para reflejar cambios operativos, técnicos o comunitarios.
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11.2
Las modificaciones relevantes serán comunicadas mediante los canales oficiales disponibles.
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11.3
Todo miembro declara conocer y aceptar esta normativa al registrarse, participar u operar representando a LAM.
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11.4
En caso de conflicto, las normas oficiales de IVAO prevalecerán sobre cualquier disposición interna de la comunidad.